El 30 de abril vence el plazo para la Entrega de Dotación a los Trabajadores

Abr 26, 2018 | 2018

Dentro de las obligaciones que establece la legislación laboral a cargo  del empleador y a favor de sus trabadores, se encuentra aquella referente a la “Entrega de Dotación” consignada en el artículo 230 del Código Sustantivo de Trabajo, modificado por el artículo 7 de la Ley 11 de 1984, el cual dispone que: Todo empleador que habitualmente ocupe uno (1) o más trabajadores permanentes, deberá suministrar cada cuatro (4) meses, en forma gratuita, un (1) par de zapatos y un (1) vestido de labor al trabajador, cuya remuneración mensual sea hasta dos (2) veces el salario mínimo más alto vigente.  Tiene derecho a esta prestación el trabajador que en las fechas de entrega de calzado y vestido haya cumplido más de tres (3) meses al servicio del empleador.” (Énfasis fuera de texto).

Por su parte, la Corte Constitucional en Sentencia C-995 del 2000, determinó lo siguiente: “La dotación de calzado y vestido de labor como obligación a cargo del empleador y a favor del trabajador, tiene la naturaleza jurídica de prestación social en cuanto consiste en un pago en especie hecho con el fin de cubrir la necesidad de indumentaria que se origina en la misma relación laboral. (Énfasis fuera de texto).

De esta forma, y de acuerdo a lo previamente expuesto, restan solamente cuatro (04) días para que se cumpla el plazo estipulado por la Ley para que los empleadores hagan entrega de la dotación a sus respectivos trabajadores, so pena de que les sean impuestas las sanciones administrativas de que trata el Concepto 36107 del 30 de noviembre de 2017 el cual indica que En caso de incumplimiento en el suministro de la dotación de calzado y vestido de labor en las condiciones establecidas por la ley, el empleador puede incurrir en multas equivalentes al rango de uno a 5.000 salarios mínimos legales vigentes, de acuerdo a lo  consagrado en el artículo 486 del Código Sustantivo del Trabajo. La multa, quedará sujeta al favorecimiento del juez, con base en el criterio del Inspector del Trabajo. (Énfasis fuera de texto).

Cabe precisar que las acciones correspondientes al derecho que les asiste a los trabajadores de recibir cada cuatro (4) meses la dotación respectiva para el desempeño de sus funciones prescribe en tres (3) años, que se cuentan desde que la obligación se haya hecho exigible, término que se entenderá interrumpido por el simple reclamo del trabajador notificado al empleador.

Es necesario que los empleadores den cumplimiento a las obligaciones laborales consignadas en la Ley debido a que con ello garantizan que: i) se estén brindando las garantías suficientes para garantizar que los trabajadores desarrollen y ejecuten sus funciones; ii) se eviten la imposición de multas y sanciones, así como la presentación de demandas laborales contra los mismos.

Descargue en el siguiente link el PDF:

Circular – Plazo para la entrega de Dotación a los trabajadores

IGNACIO SANÍN BERNAL & CÍA ABOGADOS S.A.S.

Síganos en nuestras redes sociales de:

Twitter: @ISBabogados / @juansanin

Facebook: @ISBabogadosycontadores

 

 

 

Publicaciones por año

Otras publicaciones

2022, Español

La obligada facturación de regalías mineras

Artículo publicado el 6 de mayo en Asuntos Legales del diario La República. Autor: Juan Esteban Sanín Gómez juan.sanin@mazars.com.co El pasado 10 de marzo de 2022, el Consejo de Estado, con ponencia de Myriam Stella Gutiérrez, emitió la Sentencia con radicado...

2022, Español

Efectos fiscales de la reposición del aporte

Artículo publicado el 27 de abril en Asuntos Legales del diario La República. Autor: Juan Esteban Sanín Gómez juan.sanin@mazars.com.co Desde la expedición del Oficio 220-245291/2021, por parte de la Superintendencia de Sociedades, mucho se ha hablado acerca de una...

2022, Español

Un voto contra la corrupción

Artículo publicado el 08 de marzo en Asuntos Legales del diario La República. Autor: Juan Esteban Sanín Gómez juan.sanin@isanin.com.co He utilizado esta columna desde 2014 para escribir sobre impuestos y sociedades, que es el tema en el cual me muevo...

2022, Español

Beneficio Tributario Departamento Valle del Cauca

Circular 04/03/2022 Mediante la Ordenanza No. 580 del 27 de enero de 2022, la Asamblea Departamental del Valle del Cauca concede un descuento sobre la tarifa del impuesto al consumo de Cervezas y Sifones en aplicación de lo dispuesto por el artículo 137 de la Ley...