Circular 12-01-2021
De conformidad con el cronograma publicado por la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), en su Manual Operativo, este jueves 14 de enero de 2021 vence el plazo para que las empresas puedan radicar las postulaciones para el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) de los meses de diciembre de 2020 y enero de 2021.
Para tal efecto, las empresas que deseen aplicar a dicho beneficio deberán diligenciar el formulario adoptado mediante la Circular externa No. 005 de 2020, por cada mes, y cumplir con los requisitos señalados en el Decreto 639 del 09 de mayo de 2020, modificado por los Decretos 677 y 815 de 2020 y la Ley 2060 de 2020.
Adicionalmente, recomendamos tener en cuenta las siguientes consideraciones:
1. Monto del aporte: Los beneficiarios podrán recibir un aporte estatal por trabajador equivalente al 40% o 50% del valor del SMLMVconforme a lo siguiente:
a) De manera general, el monto del aporte por trabajador será el equivalente al 40% del valor del SMLMV.
b) Si los beneficiarios desarrollan actividades económicas y de servicios de los sectores turístico, hotelero y de gastronomía, y actividades artísticas, de entretenimiento y recreación, el monto del aporte corresponderá al 50% del valor del SMLMV, al ser estos los más afectados por la pandemia.
c) Si dentro de los beneficiarios del aporte se encuentran una o varias mujeres, la cuantía del PAEF se calculará multiplicando el número de empleadas mujeres por hasta el 50% del valor del SMLMV, más el número de empleados hombres multiplicado por hasta el 40% del SMLMV. Este beneficio no es acumulable con el señalado en el literal anterior.
2. Temporalidad del aporte.
Con la Ley 2060 de 2020 se amplió la vigencia del PAEF hasta el mes de marzo de 2021. En consecuencia, los beneficiarios podrán solicitar -por una sola vez-, mensualmente, el aporte durante los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020 y enero, febrero y marzo de 2021.
Para tal efecto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público establecerá el calendario y los plazos en el Manual Operativo PAEF, como lo dispone el artículo 14 de la Resolución 2162 de 2020, para que las empresas puedan realizar la respectiva postulación.
3. Facultades de la UGPP.
Con la Ley 2060 de 2020 también se amplió el período con el que cuenta la UGPP para verificar el cumplimiento de los requisitos para acceder al PAEF y al Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP), pudiendo esta entidad adelantar acciones de fiscalización dentro de los cuatro años siguientes a la finalización del programa.
Por último, es preciso destacar que si bien este beneficio será de gran utilidad para aliviar las cargas laborales del sector empresarial, es necesario que de su aplicación se derive la preservación de los puestos de trabajo, ayudando así a evitar el aumento de la tasa de desempleo en el país la cual ya alcanza cifras alarmantes.
En caso de requerir información adicional, no dude en consultarnos.
Descargue en el siguiente link la circular:
IGNACIO SANÍN BERNAL & CÍA. ABOGADOS
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