Gobierno Corporativo público y moralidad administrativa

Ago 19, 2020 | 2020

Artículo publicado el 19 de agosto en Asuntos Legales del Diario La República.

Autor: Juan Esteban Sanín Gómez

juan.sanin@isanin.com.co

La semana pasada, el alcalde de Medellín y el gerente general de EPM le dieron un golpe mortal al sistema de Gobierno Corporativo de la empresa de servicios públicos más grande de América Latina. Esto lo hicieron al desestimar la calidad de órgano superior de dirección de la Junta Directiva y al adoptar decisiones trascendentales que le competían, como lo era la decisión –atropellada y de último minuto- de someter a conciliación (no obligatoria), ante la Procuraduría, la reclamación por 9.9 billones de pesos en contra de los constructores, interventores y diseñadores del proyecto Hidroituango. Con este acto se transgredieron sus Estatutos, su Código de Buen Gobierno, el Convenio Marco de Relaciones entre EPM y el municipio de Medellín y el reglamento de la Junta Directiva (en especial lo relativo a los derechos de los miembros de la Junta y a las funciones del alcalde como presidente de la misma).

Los efectos de esta transgresión legal e institucional fueron demoledores; su Junta Directiva –en pleno-, por obvias razones, se vio en la obligación de renunciar, la calificadora internacional Fitch Ratings bajó la calificación internacional en moneda local y extranjera de BBB a BBB(-) y la mantuvo en observación negativa, la Asociación de Fondos de Pensiones (cuyas inversiones en títulos de EPM ascienden a tres billones de pesos) reclamó el respeto por el Gobierno Corporativo y la transparencia en la entidad; y los sindicatos públicos (y la gran mayoría de empleados salvo aquellos de libre nombramiento y remoción) manifestaron su consternación y preocupación por este hecho. Este insólito manejo del poder, en contravía de la institucionalidad, no solo ha puesto en riesgo el proyecto hidroeléctrico más grande de Colombia, sino también afectará negativamente las finanzas de EPM, pues queda la entidad ya al borde de perder su grado de inversión, lo cual encarecerá sustancialmente su deuda de 5.000 millones de dólares.

Ahora, este no es solo un problema local de los paisas ni de los ahorradores en fondos de pensiones que ven afectada su inversión; este es un problema de Colombia ante la comunidad internacional. Al ser aceptada Colombia en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el país asumió múltiples compromisos relacionados con la atención de las recomendaciones hechas por la Organización. En el 2015, la OCDE expidió las “Directrices sobre Gobierno Corporativo de Empresas Públicas”, en donde se resalta la obligación de las mismas de tener un alto grado de transparencia y divulgación interna de la información relevante para la adecuada toma de decisiones. Además, hace énfasis en cuál ha de ser el rol de liderazgo del presidente de la Junta Directiva para “la promoción de la eficacia y la eficiencia” en los resultados de gestión de la misma. Colombia tendrá que explicar, ante la OCDE, en su entrega anual de informes al Comité de Gobernanza Pública, qué medidas se adoptarán para que esta situación no vuelva a ocurrir.

La moralidad administrativa es un derecho colectivo que tenemos todos los colombianos. Visto desde la perspectiva de este caso, es el derecho que tenemos a que nuestros recursos y nuestro patrimonio sean gestionados con transparencia por parte de quienes nos gobiernan. Este derecho puede verse afectado cuando se da una desviación de poder que transgrede el principio de legalidad, tal como sucede cuando se desconoce el sistema de gobierno corporativo de una entidad pública.

Descargue en el siguiente link el PDF:

Centro de Estudios Empresariales ISB

Síganos en nuestras redes sociales de:

Twitter: @ISBabogados / @juansanin

Facebook: @ceeisbmedellin

Publicaciones por año

Otras publicaciones

2022, Español

La obligada facturación de regalías mineras

Artículo publicado el 6 de mayo en Asuntos Legales del diario La República. Autor: Juan Esteban Sanín Gómez juan.sanin@mazars.com.co El pasado 10 de marzo de 2022, el Consejo de Estado, con ponencia de Myriam Stella Gutiérrez, emitió la Sentencia con radicado...

2022, Español

Efectos fiscales de la reposición del aporte

Artículo publicado el 27 de abril en Asuntos Legales del diario La República. Autor: Juan Esteban Sanín Gómez juan.sanin@mazars.com.co Desde la expedición del Oficio 220-245291/2021, por parte de la Superintendencia de Sociedades, mucho se ha hablado acerca de una...

2022, Español

Un voto contra la corrupción

Artículo publicado el 08 de marzo en Asuntos Legales del diario La República. Autor: Juan Esteban Sanín Gómez juan.sanin@isanin.com.co He utilizado esta columna desde 2014 para escribir sobre impuestos y sociedades, que es el tema en el cual me muevo...

2022, Español

Beneficio Tributario Departamento Valle del Cauca

Circular 04/03/2022 Mediante la Ordenanza No. 580 del 27 de enero de 2022, la Asamblea Departamental del Valle del Cauca concede un descuento sobre la tarifa del impuesto al consumo de Cervezas y Sifones en aplicación de lo dispuesto por el artículo 137 de la Ley...