Plazo para registrar trabajadores extranjeros

Feb 1, 2019 | 2019

Empresas tienen plazo para registrar trabajadores extranjeros hasta el 9 de febrero

CIRCULAR

1/02/2019

De acuerdo con la Resolución 4386 del Ministerio del Trabajo (MinTrabajo), expedida el pasado 9 de octubre de 2018, las empresas tendrán hasta 120 días calendario -siguientes a la celebración del contrato o desde la vinculación- para formalizar a sus empleados foráneos ante el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia (RUTEC).

Para las compañías que cuenten con trabajadores extranjeros desde antes de haberse expedido esta Resolución, el plazo vence el 09 de febrero de 2019.

Este nuevo mecanismo permitirá al empleador realizar el registro automático de sus trabajadores migrantes vía web, con el fin de que MinTrabajo tenga información de primera mano sobre su situación laboral, condiciones de trabajo y del cumplimiento de las normas laborales, previniendo de esta forma las prácticas abusivas de contratación.

Además, con esta herramienta se podrán llevar estadísticas del número de trabajadores extranjeros, su perfil demográfico y ocupacional, zonas de mayor población extranjera, estado de los aportes a seguridad social e identificar los sectores económicos que más los contratan.

También aportará metodológicamente a la política de otorgamiento de visas del Ministerio de Relaciones Exteriores, como por ejemplo, la pertinencia del otorgamiento de dicho documento.

¿Quiénes deben registrarse en el RUTEC?

Todos los trabajadores extranjeros dependientes e independientes que se encuentren trabajando en el país, trabajadores con PEP (otorgado a migrantes venezolanos) que aporten al Sistema de Seguridad Social y el personal administrativo de las Embajadas o Consulados en Colombia.

Es importante resaltar que es deber de las empresas, tanto del sector público como del privado, realizar dicho registro de sus empleados extranjeros, incluyendo a quienes laboran por prestación de servicios.

¿Quiénes NO deben registrarse en el RUTEC?

  • El Cuerpo Diplomático de Embajadas y Consulados.
  • Oficiales de Organizaciones internacionales.
  • Agregados Militares y Comerciales.

Cabe aclarar que el RUTEC:

  • No es una plataforma para la búsqueda u oferta de empleo; sino que, como se indicó, se trata de un Registro oficial de los trabajadores extranjeros vinculados o contratados formalmente en Colombia.
  • Los trabajadores extranjeros que no aporten al sistema de Seguridad Social en Colombia o no cuenten con un contrato, no podrán registrarse.
  • No es un proceso de Regularización Migratoria.

Descargue en el siguiente link el PDF:

Circular – Plazo para registrar empleados extranjeros

IGNACIO SANÍN BERNAL & CÍA. ABOGADOS

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